El desacuerdo entre el PP y el PSPV para reformar la ley electoral suscita dudas jurídicas sobre los comicios
El logro de la reforma del Estatuto de Autonomía se puede ver empeñado al haberse cerrado en falso el debate sobre la barrera electoral del 5%. La concesión que el presidente Francisco Camps hizo al PSPV de sacar la barrera del texto para salvar el Estatuto puede tener más consecuencias que las previstas inicialmente. El fracasado intento esta semana de reformar la ley electoral valenciana en las Corts abre la incertidumbre sobre las elecciones de 2007, un proceso que puede acabar en los tribunales.
Julia Ruiz, Valencia
El presidente de la Generalitat, Francisco Camps, sorprendió el pasado jueves ofreciendo a la oposición un gran pacto para desarrollar el Estatuto de Autonomía. Mientras hacía su anuncio, populares y socialistas evidenciaban por segunda vez en las Corts su profundo desacuerdo sobre la reforma de la ley electoral valenciana, para muchos el verdadero talón de Aquiles del nuevo Estatuto, ya que desencadenará una convocatoria de elecciones con dudas legales. La batalla de fondo tuvo su origen en el acuerdo in extremis alcanzado en Madrid entre Camps y el líder del PSPV, Joan Ignasi Pla, para salvar la reforma estatutaria y que implicó la eliminación del texto de la barrera electoral para acceder a las Corts. El PP, cuya mayoría absoluta podría derrumbarse sin el actual listón del 5%, accedió a la exigencia socialista, ya que la barrera permanecía en la ley electoral. No obstante esta ley debe adecuarse al nuevo Estatuto con el necesario concurso de la oposición para, entre otras cosas, salvar la contradicción existente en la actualidad entre la Carta Magna y la ley electoral respecto al número de diputados que conformarán las nuevas Corts. La primera fija un mínimo de 99 y la segunda habla de 89.
Son varios los expertos en Derecho consultados que sostienen que si socialistas y populares no salvan sus diferencias, el proceso estará viciado de origen y expuesto a ser impugnado. De hecho, el Bloc ya ha anunciado que, al margen de que cuaje o no el pacto con EU, recurrirá al contencioso la convocatoria de elecciones y llegado el caso, cualquier acto que valide una distribución de escaños que descanse en la barrera del 5%. Formaciones minoritarias como Coalición Valenciana aventuran decisiones similares mientras que el PSPV dice que recurrirá a la Junta Electoral.
La aplicación del listón electoral no es la única vía de agua que para los especialistas tiene la actual legislación. Existen otras dudas que afectarían a la propia convocatoria de los comicios. Frente a los que alertan sobre el riesgo que se corre, desde Presidencia se afirma que el proceso se desarrollará con normalidad y que el presidente fijará el número de diputados en el decreto de convocatoria de elecciones.
El embrollo jurídico da lugar a dos lecturas diametralmente opuestas. El profesor de Derecho de la Universidad Cardenal Herrera-CEU, Manuel Martínez Sospedra, califica de auténtico «disparate» llegar a la cita con las urnas sin una nueva ley electoral. En su opinión, las modificaciones incluidas en el nuevo Estatuto arrojan dudas sobre si la ley electoral de 1987 está en vigor. En su opinión, los artículos 23 y 24 del nuevo Estatuto modifican el tamaño del parlamento y los criterios sobre la elección de los diputados mandatando a las Corts a aprobar una nueva ley, elegida por una mayoría de dos tercios, en la que se fijen las reglas del proceso. Sospedra sostiene que un decreto del presidente fijando el número de escaños sería nulo, ya que, la competencia reside en una nueva ley. Dado que la de 1987 no está en vigor, concluye que correspondería aplicar la ley 5/1985 del Estado, que fija un listón del 3% provincial. La incertidumbre jurídica que, en opinión de Sospedra, se cierne sobre las elecciones de 2007 podría prolongarse en el tiempo. Un recurso al contencioso no tendría necesariamente que resolverse antes de la cita con las urnas. Además, siempre es posible el recurso al Tribunal Constitucional. «Es mejor un mal acuerdo que un pleito», apunta Sospedra, instando a PP y PSPV a llegar a un acuerdo.El profesor de Ciencia Política de la Universitat de València, Vicent Franch, también ve urgente subsanar los «defectos legales» que en su opinión tendrá la convocatoria de elecciones si no hay consenso sobre la reforma de la ley electoral. «En los tribunales siempre puede haber sorpresas», advierte este experto que considera que la eliminación de la barrera del 5% del Estatuto implica también su retirada de la ley. Y pone un ejemplo: «Es como sí se eliminará la pena de muerte de la Constitución y se mantuviera en el Código Penal».
«¿Cuántos diputados elegimos?»
El Abogado General de la Generalitat, José Marí Olano, rechaza de plano los argumentos de los citados expertos. Para Marí la ley electoral de 1987 está plenamente en vigor ya que, resalta, «una ley sólo se deroga por otra posterior». Para el responsable de los servicios jurídicos de la Generalitat, «ni expresa ni tácitamente» el Estatuto mandata a aprobar una nueva ley, por lo que si no hay acuerdo, el proceso electoral se guiará por los criterios establecidos en la ley de 1987, que recoge la barrera del 5%. Marí apunta que la única contradicción entre esta ley y el Estatuto es la relativa al tamaño de las Corts y responde a quienes dudan de la legalidad de que sea el presidente quien lo fije mediante decreto lanzando dos preguntas: «¿Cuántos elegimos? ¿Cuál es la alternativa, que no haya elecciones?». Marí considera que el número de 99 diputados es el de mayor seguridad jurídica, aunque podría ser un número superior.
Font: Levante-EMV 27/11/06
27.11.06
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